CSIF SECCION REGISTROS ARAGON SERAR Sindicato del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Aragón. Forma parte de FESECBAN Federación de Sindicatos Autonómicos. Integrado en CSIF.
jueves, 6 de diciembre de 2012
RESPUESTA DE SIOYA Y FESECBAN AL DIRECTOR GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO
Nos remitimos al enlace en el blog de la federación: http://fesecban.blogspot.com.es/2012/12/respuesta-de-sioya-y-fesecban-al.html
domingo, 18 de noviembre de 2012
OFERTA AFILIADOS: SEGURCAIXA ADESLAS.
Estimados/as
compañeros/as:
La entidad bancaria donde está la cuenta del sindicato ha
realizado una oferta a los afiliados de SERAR por ser ya un colectivo lo
suficientemente numeroso como para realizar ofertas de grupo que puedan
resultar interesantes a ambas partes.
Los que
han tenido seguro médico dicen que ésta es una buena oferta. La ventaja, mayor o
menor, dependerá del número de personas que estén interesadas en ella, por lo
que nos han indicado que todos/as los/as compañeros/as que estén interesados
deberán contestar rellenando la ficha de adhesión a la póliza y los siguientes requisitos: A/ DNI escaneado y los datos personales
actualizados: dirección, teléfono, email de contacto. B/ Caso de ser un grupo
familiar, enviar sólo una hoja de domiciliación bancaria y el DNI y datos de
todos los miembros del grupo.
Este párrafo es un mero recordatorio para
los compañeros que ya tienen seguro: Además, recordar a los que provengan de
otras compañías de salud, que hay que informar a sus compañías de la no
renovación de la póliza con 2 meses de antelación. Es preciso que adjunten
también una fotocopia de la tarjeta y el último recibo para gestionar la
eliminación de carencias por venir de otra compañía, por lo que con esos datos
podemos tramitar nosotros (Segurcaixa) la carta de no renovación y enviarla a
cada afiliado para que la firme, y recibirla nuevamente para enviarla desde la
oficina.
Para cualquier aclaración relativa al seguro la persona que
lleva el asunto en Caixa es:
Raquel Escuer Bolea raquelescuer@lacaixa.es
Tel.: 876
243023 | Fax: 976 461336
Av. San José, 46 50008 Zaragoza
Esperamos
que sea de vuestro interés.
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El abajo
firmante, titular del depósito de cargo que se indica, autoriza al Sindicato de
Empleados de Registro de la Propiedad, para que se efectúe en dicho depósito y
hasta nueva orden el cargo de los adeudos domiciliados correspondientes al
seguro de salud ADESLAS, dentro de la oferta que ofrece La Caixa a los miembros
de esta comunidad.
Asimismo, especificamos las personas que se adherirán
a dicha póliza:
NIF NOMBRE FECHA NACIMIENTO
Datos depósito
cargo:
Zaragoza, a…………. de Octubre de 2012
Firma de los
titulares del depósito
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ASESORIA JURIDICA SERAR serar.asesoriajuridica@gmail.com
Estimados/as
compañeros/as afiliados/as:
Lo primero de todo queremos dar la
bienvenida a los/as nuevos/as afiliados/as pues este fin de semana se han
actualizado las bases de datos y ya superamos la tercera parte del personal de los registros de Aragón.
Ojalá con ésto tuviéramos asegurado el futuro, ciertamente estamos en un
momento muy delicado, pero ahora tenemos la fuerza del grupo en la comunidad y
cada vez más consolidada dentro del colectivo con la reciente Federación de
Sindicatos Autonómicos FESECBAN.
Confirmaros que se ha puesto
en marcha el servicio definitivo de ASESORIA JURIDICA DE SERAR. El abogado
que va a dar cobertura a los afiliados de SERAR es CARLOS LARRUMBE (despacho
LARRUMBE SERRANO FERRAN y CIA. ABOGADOS), con una muy amplia experiencia en nuestro convenio y en
nuestro colectivo.
El
compañero de la Junta que va a coordinar este servicio será RAMON NADAL
(Registro de la Propiedad de Huesca 1) y para ello hemos habilitado una cuenta de correo específica donde
enviar las consultas o preguntas puntuales de asesoría: serar.asesoriajuridica@gmail.com Hemos considerado que éste es el mejor medio
para gestionar las consultas por ser nosotros quienes tendremos siempre los
listados de afiliados actualizados, evitar repeticiones en las consultas y
poder facilitar directamente algunas de ellas, y, de requerirlo así el supuesto
específico, el compañero encargado del servicio facilitaría o gestionará lo que considere adecuado para el caso.
Igualmente,
indicaros que ya se está configurando una comisión dentro del sindicato
dedicada exclusivamente al tema de las garantías salariales, que empieza a recabar información de la situación en los Registros de Aragón, solicitando los informes
jurídicos necesarios y de acuerdo con el resto de la Federación
se empezarán a tomar las medidas que se consideren oportunas.
En estos días os iremos enviando
información de distintos temas, con resúmenes más detallados que estamos
preparando, así como de las noticias que vayan surgiendo, y encuestas de distintos aspectos para conocer vuestra opinión.
Como siempre, podeis enviar vuestras propuestas y
sugerencias a la dirección general del sindicato: sindicatoaragon@gmail.com
Os
seguiremos informando.
domingo, 28 de octubre de 2012
CONSTITUCION FESECBAN - FEDERACION SINDICATOS AUTONOMICOS
En el día de ayer,
sábado 27 de octubre de 2012, el “Sindicat
dels Empleats dels Registres de la Propietat i Mercantils de Catalunya”
(SRC), la “Associació Sindical dels
Empleats dels Registres de la Propietat i Mercantil de Balears” (ASERB), el “Sindicato de Empleados de los Registros de la
Propiedad y Mercantiles de Aragón”
(SERAR) y el “Sindicato de Auxiliares y Oficiales de los
Registros de la Propiedad y Mercantil de Navarra” (SIORNA), han constituido una federación
sindical denominada “Federación de
Sindicatos de Empleados de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de
Cataluña, Baleares, Aragón y Navarra” (FESECBAN).
Dicha federación se constituye en cumplimiento de los acuerdos adoptados por
sus respectivas asambleas generales.
El objetivo primordial de la federación es crear un vínculo de unión entre dichos sindicatos con el propósito de colaborar y reforzar su posición en las diversas actuaciones de orden sindical que se planteen en el territorio nacional.
La
federación se centrará en la defensa de
los intereses económicos y laborales de los afiliados, promoviendo y
cooperando en el desarrollo y fomento de las condiciones laborales de los
trabajadores de los Registros de la Propiedad y Mercantiles; y la coordinación, gestión y representación de
sus intereses profesionales, participando en la negociación de convenios y
acuerdos laborales, promoviendo su formación, así como también en asuntos de
interés general para la economía y la sociedad.
http://fesecban.blogspot.com.es/ http://www.facebook.com/FESECBAN
Etiquetas:
acuerdos laborales,
coordinación,
defensa intereses,
federacion,
formación,
gestión,
negociación convenio,
representación,
vínculo de unión
miércoles, 3 de octubre de 2012
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
LUGAR: Zaragoza, Centro Cívico “Estación del Norte”
Avenida Cataluña, 16
SESION: Extraordinaria
FECHA: 20 de octubre de 2.012 (Sábado)
HORA: 16 horas (15,30 horas en primera convocatoria)
Se convoca a los afiliados de esta asociación
sindical para la celebración de la sesión cuyos datos figuran más arriba, en la cual se tratarán los asuntos que se
relacionan en la ORDEN DEL DIA.
Es imprescindible la asistencia de los afiliados dada la
importancia de los temas a tratar. En caso
de que no poder asistir, se ruega comunicación al delegado provincial o a la
dirección de email de este sindicato sindicatoaragon@gmail.com
o delegación de voto. Se acompaña
modelo para la delegación-.
El Presidente,
ORDEN DEL DIA.
1. Lectura y aprobación del Acta de la
sesión anterior (19 de mayo de 2.012)
2. Ratificación de los acuerdos
adoptados en la sesión anterior, relativos a renovación de la Junta de Gobierno
y modificación de estatutos .
3. Nueva modificación de Estatutos. Se
adjunta borrador.
4. Federación de Sindicatos Autónomicos
y otros.
5. Informe de tesorería y gestión.
6. Cuota de afiliación.
7.
Ruegos y preguntas.
--------
DELEGACION DE VOTO
D./Dª______________________________________________ con DNI ______________________,
AFILIADO/A al “Sindicato de Empleados de los Registros de la Propiedad y
Mercantiles de Aragón” –SERAR-, y con motivo de la próxima Asamblea General Extraordinaria que se celebrará el próximo
sábado 20 de octubre, y por no poder asistir a la misma presencialmente, DELEGO MI VOTO, de conformidad con el artículo 17 de los Estatutos, en la
persona del siguiente afiliado al mismo sindicato:
D./Dª_________________________________________ con DNI ___________________, sabiendo que conforme al mismo artículo NO se
podrán ostentar más de DOS representaciones en la misma persona y que la
representación se acreditará por medio de este escrito, que se entregará a la
Presidencia antes de inciarse la Asamblea.
_________________, a ____ de _______________ de ________
jueves, 27 de septiembre de 2012
AGRADECIMIENTOS
Estimados
compañeros:
Queremos
AGRADECER enormemente a todos aquellos afiliados de SERAR que, tras la reactivación
y puesta en funcionamiento de esta asociación sindical, han renovado/confirmado
su afiliación así como a todos los nuevos afiliados que han apostado igualmente
por SERAR, especialmente también al equipo humano que ha decido dedicar su
tiempo y esfuerzo para sacar adelante este proyecto y sus colaboradores, en un
momento en el que es más necesario que nunca de las estructuras cercanas de
nuestro colectivo pues sólo unidos y coordinados seremos capaces de defender
nuestros derechos y nuestro incierto futuro.
Esta
confianza depositada en SERAR nos ha permitido, en poco más de tres meses,
tener una centena de afiliados y ser, de nuevo, el sindicato mayoritario en la
comunidad, teniendo ahora el respaldo suficiente para poder llevar la voz de
nuestro colectivo en Aragón donde haga falta. Pero no penséis que con eso está
todo hecho y es suficiente con afiliarse y dejar el futuro en manos de otros,
muy al contrario, eso es sólo es el comienzo y, tras ello, esperamos vuestra
colaboración, aportaciones y esfuerzo para tomar las mejores decisiones para el
colectivo y llevar adelante las mismas.
El
equipo humano que ha decidido llevar adelante este proyecto lo ha hecho no por
su experiencia ni trayectoria sindical sino por responsabilidad para con el
colectivo y nuestra comunidad autónoma y en el entendimiento de que es algo
necesario para todos, por ello disculpadnos en la que medida en no funcione
todo lo ágil o profesionalmente que se pudiera desear y agradecer toda la
colaboración que se aporte, en beneficio de todos.
La nueva Junta es un equipo que
refleja la diversidad de nuestras oficinas, con compañeros de todas las
categorías (esas mismas que ya están a punto de desaparecer) para defender
mejor nuestra profesión desde todos los puntos de vista posibles, gente joven y
no tan joven, de las tres provincias y correspondientes a los distintos
sectores: Propiedad, Mercantil y Oficina Liquidadora.
En
unos días expondremos el calendario previsto para el próximo mes en el que podréis conocer personalmente a tod@s los compañer@s que lo
forman; en este calendario se desarrollarán mesas informativas en las tres
provincias y también en los puntos que soliciteis, la Asamblea General de SERAR
y la II Asamblea del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de
España, delegación de Aragón, con distintos ponentes. Esta última, pretende ser
un evento periódico y un día especial de reflexión y debate para todo el
colectivo de la comunidad, que concluya en momentos de confraternización, para
darnos ánimo y estímulo en esta época de crisis, compartiendo también algo más
allá del trabajo diario.
Confiamos
en que nos ayudéis a perfilar y entre todos decidamos las líneas de trabajo y
actuación más urgentes para el colectivo, así como en el desarrollo de las
mismas.
Desde
SERAR entendemos que ahora mismo existen las siguientes necesidades en las que
estamos trabajando:
-UNIDAD Y COORDINACION DEL COLECTIVO para ser capaces de generar
una mínima respuesta en cualquier momento, tener una estructura capaz de
coordinarse (asociaciones, sindicatos), y que la INFORMACION llegue a TODOS.
-UNIDAD Y COORDINACION de los representantes legales –Unidad sindical-.
Este ha sido nuestro esfuerzo prioritario, tener contacto con todas las fuerzas
sindicales del sector para trazar de forma conjunta las grandes actuaciones
de todo el colectivo; y fue por ello que en el mes de junio se logró un
encuentro en Zaragoza con “parte” de ellas, concretamente SIOYA, SRC, SRN,
SERAR, apostando ya decididamente, aquí, por la originaria Federación de
Sindicatos Autonómicos.
-ESTRUCTURA SINDICAL/ASOCIATIVA CERCANA (de ahí la necesidad del
sindicato autonómico) con un fuerte respaldo de asesoría jurídica, para el
estudio de las situaciones concretas de la comunidad, acuerdos con el decanato,
gestión de bolsas de trabajo, etc.
Por ello, no dejes de seguir los
medios de comunicación de que disponemos todo el colectivo y los que se han
creado recientemente en nuestra Comunidad, que a su vez te conectan con más
enlaces de interés, para que el intercambio de información, comunicación y
opiniones fluyan entre nosotros:
Grupo
general abierto:
http://personalauxiliar.crearforo.net/
Grupo
general abierto, en facebook: http://www.facebook.com/groups/169250297535/
Web
de APeR: http://asociaper.net/
Página
de noticias de la C.A. de Aragón en facebook:
http://www.facebook.com/APeRARAGON
Usuario
de APeR ARAGON en facebook: http://www.facebook.com/aper.aragon.5
Foro
cerrado para el personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Aragón
y sus Oficinas Liquidadoras, con un apartado específico para afiliados a SERAR:
http://aragon.foroactivo.com/
Twitter: @sindicatoaragon @APeRARAGON
Y
finalmente, el blog de este sindicato: http://sindicatoaragonregistros.blogspot.com.es/
Aragón, definitivamente, va a tener
voz propia!!
"Ningún ejercito puede detener una idea a la que le ha llegado su momento" Victor Hugo.
miércoles, 22 de agosto de 2012
NO AL CIERRE DE LAS OFICINAS LIQUIDADORAS DE GALICIA !!!
Como no
podía ser de otra forma nos hacemos eco de la situación de las Oficinas
Liquidadoras en Galicia, con su propia nota de prensa:
Las oficinas liquidadoras han
pervivido con unas funciones características durante más de 150 años bajo
situaciones políticas, sociales y económicas diversas.
Con la
Axencia Tributaria Galega, cuya nueva creación anunció el pasado mes de Mayo el
presidente de la Xunta de Galicia, entre otras cosas lo que se pretende es la
eliminación de las 42 Oficinas Liquidadoras que se extienden por toda Galicia.
Las funciones quedesarrolla una Oficina Liquidadora, a cargo de un Registrador
de la Propiedad, en relación con los tributos cedidos son las siguientes:
recepción de documentos, atención al público y ayuda para las declaraciones,
revisión de datos, introducción de datos en el sistema, inicio de expedientes y
su formación, revisión del expediente, realización de requerimientos, selección
de expedientes para envíos a valoración, remisión de incompetencias, tramitación
de tasaciones periciales contradictorias, devolución de ingresos indebidos,
recursos de reposición y judiciales, notificaciones, giro de liquidaciones
complementarias, etcétera.
Estas
funciones se desempeñan por el registrador y el personal a su cargo, que tienen
la competencia técnica necesaria para analizar todos los hechos imponibles que
contiene cada documento. El registrador hace un estudio detallado de todas las
escrituras y documentos que entran en el registro, no limitándose a liquidar en
base a una ficha elaborada por sujetos intervinientes y partes en el contrato
(notario o gestor). Nótese que el interés de dichos sujetos no es solo el de la
comunidad autónoma (diligencia recaudatoria) sino (y principalmente) el del
sujeto impositivo.
La introducción
del sistema de presentación telemática en el año 2010 no ha dado los resultados
esperados para paliar los problemas derivados de la dispersión geográfica
gallega. La presentación telemática de la liquidación no es un paso obligado
sino voluntario para el ciudadano al que no se puede privar de los demás medios
de presentación.
La propuesta
de la Xunta de eliminar las OOLL ha fracasado en otras comunidades autónomas.
Las oficinas liquidadoras fueron eliminadas en Madrid y Extremadura en la
década de los 90 y recuperadas pocos años después. Más recientemente Baleares,
donde fueron eliminadas, a día de hoy la firma de un convenio por el cual
vuelven a recuperarlas es inminente. La retirada de las mismas ha ocasionado en
la comunidad balear un retraso de 140.000 expedientes.
Si Galicia
es una comunidad autónoma solvente es también gracias al esfuerzo de las
oficinas liquidadoras que están en cada pueblo para gestionar el tributo en
contacto directo con el contribuyente, asesoran al ciudadano en el trámite de
la autoliquidación y gestionan eficientemente la tributación de todo hecho
imponible como sujeto imparcial que no es parte en el negocio, carece de
competencia y tensiones de mercado y no sufre ninguna influencia del sujeto
tributario.
La gestión
desarrollada por las OOLL en Galicia se manifiesta como más eficaz y eficiente
que la desarrollada por los servicios de gestión tributaria de la Xunta,
conclusión obtenida del Informe de la Inspección de Servicios del MEH donde
destaca no sólo la importancia de las OOLL en la gestión de la Comunidad sino
expresamente que los objetivos fijados por la Xunta anualmente a las OOLL en
cuanto a recaudación, número de expedientes despachados de cada tributo y la
mora en 2010 fueron satisfactoriamente cumplidos.
Advierten los empleados de los Registros de la Propiedad de las
consecuencias en caso de suprimirse la gestión de las oficinas liquidadoras en
la provincia de Pontevedra.
1.- Despido del personal de las OOLL que según datos del Informe de la Inspección de Servicios del MEH del año
2010 era de 134 personas en toda Galicia, si bien la cifra puede ser
superior, afectando al 30% de los empleados de los Registros de la Propiedad,
alrededor de 800 en toda Galicia, ya que indirectamente prestan servicios a la
Oficina Liquidadora, mediante atención al público, información sobre impuestos
y cumplimentado de impresos, etc, por lo que el descenso de la carga de trabajo
y los ingresos por el mismo darían lugar a la innecesariedad de su
contratación. Desde la OOLL se procedió a
contratar personal, que ha estado en constante formación, supervisada y
conforme a los criterios de la Administración Autonómica y de cuya formación
ahora se prescinde, lo que supone un despilfarro de material humano y recursos
invertidos.
2.- Pérdida de servicios jurídicos en el rural.
Por un lado,
supondría obligar a los vecinos a desplazarse a Vigo o Pontevedra y por otro,
como no está prevista la incorporación de nuevo personal cualificado en ninguna
de esas dos oficinas se ocasionarían serían largas esperas para recibir una
primera atención, puesto que de 11 oficinas que existen en la actualidad (9
OLDH + 2 OOGG). Con el proyecto de la nueva ATG el mismo personal de ahora
mismo, tanto en Vigo como Pontevedra tendrían que abarcar un número mucho mayor
de presentación, gestión, atención al público… lo que supondría un peor
servicio al ciudadano. Esta problemática se agravaría en las provincias de
Ourense y Lugo, en las que la mayor dispersión de la población, la franja de
edad de la misma (es de sobra conocido el envejecimiento de la población
gallega), y el alejamiento de los núcleos urbanos en los que se establecerán
estas delegaciones de la AXT, darán lugar a largos desplazamientos del los
contribuyentes, con los gastos que ello acarrea.
La visita a
la Oficina Liquidadora es recurrente y tiene una labor informativa y
asistencial. La falta de asistencia obligaría al ciudadano a contratar
servicios de información que actualmente se prestan con carácter gratuito.
Afirman los empleados de los Registros que la supresión de las Oficinas
Liquidadoras supondría a todos los ciudadanos un incremento de gastos como
consecuencia de la necesidad de desplazamiento a la sede de la correspondiente
delegación, tanto para pedir asesoramiento, como para presentar en su caso
alegaciones o recursos, solicitudes de fraccionamiento o aplazamiento,
certificaciones de los documentos liquidados y archivados por la administración
tributaria, etc.
Enviar las firmas por correo postal a alguna de las siguientes direcciones:
Oficina Liquidadora de A Estrada
R/ Antón Losada Diéguez, 23 semisótano.
36680 - ESTRADA (A) (PONTEVEDRA)
Oficina Liquidadora de Ortigueira
R/ Manuel Sandomingo, 1
15330 - ORTIGUEIRA (A CORUÑA)
O bien, entregandolas a la Junta de este Sindicato para hacerlas llegar igualmente:
http://sindicatoaragonregistros.blogspot.com.es/2012/05/nueva-junta-en-el-serar.html
LOS ABAJO FIRMANTES EXPRESAN AL GOBIERNO DE LA XUNTA DE GALICIA SU NEGATIVA ROTUNDA A LA SUPRESIÓN DE LA FUNCIÓN GESTORA POR PARTE DE LAS OFICINAS LIQUIDADORAS DE GALICIA RESPECTO A LOS IMPUESTOS DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS, VEHÍCULOS Y SUCESIONES Y DONACIONES
¡NO AL CIERRE DE LAS OFICINAS LIQUIDADORAS!
NOMBRE Y
APELLIDOS
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D.N.I
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FIRMA
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lunes, 21 de mayo de 2012
FORMAMOS PARTE DE LA SOCIEDAD
Y como es evidente que no podemos ser el ombligo del mundo y existen otros sectores que, como nosotros, están sufriendo la crisis y recibiendo unos recortes que afectan a nuestro estado de bienestar e inciden directamente en nuestro futuro, este sindicato quiere apoyar públicamente a aquellos a quienes defienden sus derechos de una forma activa.
NUEVA JUNTA EN EL SERAR
El pasado sábado 19 de mayo fue renovada la Junta de Gobierno del Sindicato de Aragón, inoperativo durante años, en el momento actual se hace necesario reactivarlo.
La nueva Junta es la siguiente:
-Luis Miguel Calleja Esteban -Zaragoza 13-. Presidente
-María del Carmen Ibarz Susín -Huesca 1-. Vicepresidenta
-Antonio Gordillo Aranda -Zaragoza 7-. Tesorero
-Elena Alcón Herrero -Alcañiz-. Secretaria
-María del Carmen Aguado Curieses -Zaragoza 9-. Delegada Provincial Zaragoza
-Cristóbal Códes Gómez -Barbastro-. Delegado Provincial Huesca
-Dolores Climent Soriano -Alcañiz-. Delegada Provincial Teruel
-Ramón Nadal Longo -Huesca 1-. Vocal Propiedad
-María del Carmen Clavería Goreta -Alcañiz-. Vocal Oficina Liquidadora
-Javier Bonet Marquez -Huesca 2-.Vocal Mercantil
Todos sabemos que no es fácil formar un equipo de trabajo muy numeroso y menos unir a nuestro colectivo, pero como dijo un buen amigo "aunque no contemos con el apoyo de todos los compañeros, sepamos siempre que un puñado de personas verdaderamente comprometidas puede hacer mucho por nuestros colectivos", y eso intentaremos... aunque esperamos que se unan muchos más compañer@s para ser una voz unánime y contundente.
"Las cosas están por hacer. Somos nosotros quienes las hacemos posibles"
sábado, 12 de mayo de 2012
Estatutos del Sindicato
ESTATUTOS DEL SINDICATO DE LOS EMPLEADOS DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ARAGÓN -Tras la modificación aprobada en Asamblea de 20 de octubre de 2.012 y debidamente inscritos en la Administración -DGA-
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ART. 1.°— Al amparo de la Ley Orgánica
11/85, de 2 de Agosto, de Libertad Sindical, se constituye el "Sindicato
de los empleados de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de
Aragón".
ART. 2.° — El ámbito funcional de esta
Asociación Sindical lo constituyen los Registros de la Propiedad y Mercantiles
de Aragón.
ART. 3.° — La Asociación constituida
desarrollará su actividad en todo el territorio de Aragón.
ART.
4.° — Esta
Asociación tendrá su domicilio en 44600-Alcañiz –Teruel-, Ronda de
Teruel, 6 bis, 1º, y se utilizará a efectos de notificaciones un apartado de
correos concertado por la misma y acreditado en cada momento con la
documentación pertinente. -Apartado de correos 53 de Alcañiz -Teruel-
TITULO II
FINES DE LA ASOCIACIÓN
ART. 5.° — Constituye la finalidad de
la Asociación la defensa de los
intereses económicos y profesionales de sus afiliados, promoviendo y
cooperando en el desarrollo de la mejora de las condiciones laborales de los
trabajadores de los Registros de la Propiedad y Mercantiles, y en la
coordinación y fomento de tales intereses.
ART. 6.º — Esta Asociación se
financiará con las aportaciones obligatorias de sus afiliados y demás recursos previstos
en el Artículo 30.
TITULO III
DURACIÓN
ART. 7.° — La Asociación Sindical se
constituye por tiempo indefinido, sin perjuicio de su posible disolución, por
las causas previstas en estos Estatutos, o en la normativa vigente.
TITULO IV
DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN
ART. 8.° - Tendrán derecho a ingresar
en esta Asociación todo trabajador previa solicitud a la Junta de Gobierno, que
acredite documentalmente su inclusión dentro del ámbito para el que se
constituye esta Asociación. En cualquier caso, corresponde a la Asamblea
General, Órgano soberano de la Asociación, tomar la decisión de admisión.
ART. 9.° — El ingreso en la Asociación
será siempre voluntario, pudiendo sus miembros abandonarla en cualquier
momento, con sólo notificarlo por escrito a la Junta de Gobierno.
A
tales efectos, se llevará un libro debidamente diligenciado por el Presidente y
Secretario, en el que se relacionen todos los afiliados con sus datos de
identificación, así como de las fechas de altas, y de bajas, en su caso.
ART. 10. — La afiliación supondrá que.
cada asociado se compromete a observar y cumplir los Estatutos, la normativa
vigente que pueda afectarles, y todos los acuerdos que la Asociación pueda
válidamente alcanzar. Así, y en concreto, se comprometen con carácter expreso a
satisfacer el importe de las cuotas, en la cuantía y forma que determine la
Asamblea General, a propuesta de la Junta de Gobierno.
ART. 11. — La condición de afiliado se
perderá:
a)
Con carácter inmediato, en los supuestos de renuncia escrita y comunicada
fehacientemente a la Junta de Gobierno.
b)
Por acuerdo de expulsión adoptado por la Junta de Gobierno, en los supuestos
de:
1.
— Incumplimiento de las obligaciones económicas para la financiación de la
Asociación.
2.
— Incumplimiento de las obligaciones establecidas en los Estatutos.
3.
— Incumplimiento de los acuerdos adoptados por la Asamblea General o la Junta
de Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias.
Dicho
acuerdo será adoptado por la Junta tras la instrucción del oportuno expediente,
de! que se dará vista al efectado, el cual contará con un plazo de 15 días
hábiles para presentar pliego de descargos y proponer la prueba que estime
necesaria, contando con un plazo de 15 días para practicarla, al cabo del cual
el expediente estará listo para su resolución.
La
expulsión, en los supuestos antes establecidos, podrá ser recurrida por los
interesados ante la Asamblea General, Órgano soberano de la Asociación.
TITULO V
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
LA ASAMBLEA GENERAL
ART. 12. — La Asociación será regida
por la Asamblea General y la Junta de Gobierno.
ART. 13. — La Asamblea General
representa el órgano supremo de la Asociación, y estará constituida por la
totalidad de sus asociados, que estén al corriente en el pago de las cuotas
establecidas reglamentariamente.
ART. 14. — La Asamblea General podrá
ser ordinaria y extraordinaria.
La
Asamblea General Ordinaria se reunirá al menos una vez al año, para aprobar e! presupuesto de
ingresos y gastos del ejercicio, las cuentas de la Asociación, así como la
elección o revocación de los miembros de la Junta de Gobierno, cuando proceda.
La
Asamblea General Extraordinaria se reunirá cuantas veces lo solicite la Junta
de Gobierno, o un VEINTE POR CIENTO de los afiliados.
ART. 15. — Las Asambleas Generales
serán convocadas por el Presidente, por medio de la comunicación directa a
todos los afiliados teniendo en cuenta los datos facilitados por los mismos, preferiblemente
por correo electrónico, o por medio de la publicación de aviso en un periódico de
la máxima difusión en Aragón, publicación en la página / web / blog de la
asociación sindical, redes sociales, foros o cualquier otro medio de difusión, siempre
con quince días naturales de antelación a la fecha señalada, expresándose el orden
del día.
La
Junta de Gobierno, en el apartado de ruegos y preguntas, recogerá todas las
propuestas por escrito formuladas por los afiliados y presentados tres días
antes de la reunión. Asimismo, y con carácter de urgencia, podrán debatirse
cuestiones planteadas en el curso de la reunión, si así lo decide un mínimo del
veinte por ciento de los asistentes a la misma, en el turno de ruegos y
preguntas.
ART. 16. — La Asamblea General será
presidida por el Presidente, o, en caso de ausencia del mismo, por el
Vicepresidente, asistido del Secretario.
Al
Presidente compete dirigir los debates, cuidar que se cumpla e! Orden del Día y
velar por la buena marcha de la reunión, dando o retirando la palabra, y
ordenando lo que al respecto de la reunión corresponda.
ART. 17. — Las Asambleas Generales
quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria, cuando se encuentren
presentes y/o representados, al menos la mitad más uno del total de votos de la
Asociación; y en segunda convocatoria media hora más tarde, sea cual fuere el
número de asistentes.
La
representación se acreditará para cada Asamblea General por medio de escrito,
que se entregará a la Presidencia antes de iniciarse la Asamblea.
No
se podrán ostentar más de CINCO representaciones.
ART. 18. — Todos los acuerdos que
adopte la Asamblea General lo serán por mayoría simple.
No
obstante, será precisa la mayoría de dos terceras partes del total de afiliados
con derecho de voto, en primera convocatoria, o de dos terceras partes del
total de afiliados asistentes a la asamblea, en segunda convocatoria, para la
adopción de los siguientes acuerdos:
1.
— Fusionar la Asociación con otra de igual o similares características.
2.
— Disolver la Asociación.
3.
— Constituir o participar en otras entidades u organismos.
4.
— Modificar los Estatutos, excepto cuando esta modificación sea por imperativo
legal.
5.
— Cesar o sustituir miembros y cargos de la Junta de Gobierno.
ART. 19. — La Asamblea General,
debidamente convocada y constituida, tiene las más amplias facultades para
deliberar y resolver cuantos asuntos tengan relación con los fines de la
Asociación. Compete especialmente a la Asamblea General, con carácter meramente
enunciativo:
a)
Aprobar y modificar los Estatutos.
b)
Adoptar acuerdos relativos a la representación, gestión y defensa de los
intereses de la Asociación y de sus afiliados, sin perjuicio de la facultad de
delegar la realización concreta de estas funciones en la Junta de Gobierno.
c)
Aprobar los programas y planes de actuación.
d)
Elegir y revocar el mandato de los miembros de la Junta de Gobierno y dentro de
ios componentes de la misma a los Presidente y Vicepresidente de la Asociación.
e)
Conocer y ratificar la gestión de la Junta de Gobierno.
f)
Aprobar los presupuestos y las liquidaciones de cuentas.
g)
Acordar la fusión de la Asociación con otra de igual o similares
características.
h)
Acordar la disolución de la Asociación.
i)
Conocer y resolver los Expedientes disciplinarios incoados a los afiliados.
ART. 20. — De cada reunión se levantará
Acta que recoja la marcha de los debates, así como las decisiones adoptadas y
los votos particulares.
Las
Actas debidamente aprobadas se insertarán en un Libro diligenciado por el
Presidente y el Secretario.
LA JUNTA DE GOBIERNO
ART. 21. — La Junta de Gobierno es el
órgano ejecutivo, encargado de la dirección, gobierno y administración de la
Asociación.
Estará
compuesta por, al menos, nueve afiliados, uno de los cuales pertenecerá
necesariamente a la plantilla de un Registro Mercantil, elegidos por la
Asamblea General de entre sus miembros, incluido e! Presidente, mediante
sufragio libre, igual, directo y secreto, por el sistema de candidaturas
completas y listas cerradas.
Los
miembros de la Junta de Gobierno serán nombrados por el plazo de CUATRO AÑOS.
ART. 22. — La Junta de Gobierno se
reunirá como mínimo cuatro veces al año en sesión ordinaria. Podrá reunirse
también en sesión extraordinaria en los casos en que lo soliciten la tercera
parte de los componentes, o lo decida el Presidente por propia iniciativa.
ART. 23. — La convocatoria la realizará
el Presidente con al menos CUARENTA Y OCHO HORAS de antelación, y quedará
constituida cuando concurran a la reunión la mitad más uno de sus miembros y
estén presentes el Presidente y el Secretario, o aquellos que lo sustituyan.
La
adopción de acuerdos requerirá el voto favorable de la mitad más uno de los
miembros de la Junta asistentes, haciéndose constar en un Libro de Actas
firmado por el Presidente y el Secretario.
ART. 24. — La Junta de Gobierno tendrá
las siguientes facultades:
a)
Proponer a la Asamblea los programas de actuación generales o específicos.
b)
La ejecución y cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Asamblea, dando
cuenta a la misma de su cumplimiento.
c)
La realización y dirección de las actividades de la Asociación.
d)
Elegir los distintos cargos de ¡a misma y sus suplentes, excepción hecha del
Presidente y Vicepresidente, que los de-signará la Asamblea.
e)
Presentar a la Asamblea Genera! los presupuestos, balances, liquidaciones de
cuentas y propuestas de cuotas para su aprobación,
f)
Elaborar la Memoria anual.
g)
Decidir en materia de cobros, ordenación de pagos y expedición de libramientos.
h)
Inspeccionar la contabilidad, sin perjuicio de las facultades del Tesorero.
i)
Inspeccionar y velar por el normal funcionamiento de los servicios.
j)
Adoptar acuerdos referentes a la contratación de personal, servicios, así como
a! ejercido de acciones y otorgamiento de poderes.
k)
En casos de extrema urgencia, adoptar decisiones sobre asuntos cuya competencia
corresponde a la Asamblea General, si bien la Junta de Gobierno deberá someter
a la aprobación de !a Asamblea el acuerdo adoptado, cuya convocatoria deberá
hacerse en el plazo máximo de treinta días.
PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, TESORERO Y
SECRETARIO
ART. 25. — El presidente será elegido y
revocado en su mandato por la Asamblea General, mediante sufragio libre, igual,
directo y secreto.
El
Presidente ostentará, a título enunciativo, las siguientes funciones:
a)
Convocar y presidir las reuniones tanto ordinarias como extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta de Gobierno.
b)
Dirigir los debates y el orden en las reuniones.
c)
Ostentar la representación de la Asociación en todos los órdenes, actos y
contratos, actuando en su nombre, como ejecutar los acuerdos tomados.
d)
Autorizar las Actas de todas las reuniones.
e)
Nombrar y delegar la representación a uno o más asociados para llevar a término
temas específicos.
ART. 26. — El Vicepresidente de la
Asociación sustituirá al Presidente en los casos de ausencia o imposibilidad de
éste.
ART. 27.- El Tesorero será designado
por la Junta de Gobierno de entre sus miembros.
Tendrá
como función la vigilancia y control de la gestión económica de la Asociación.
ART. 28. — El Secretario será nombrado
por la Junta de Gobierno de entre sus miembros, o entre personas que no
pertenezcan a dicho organismo, pudiendo incluso desempeñar el cargo persona que
no sea asociada.
Será
función del Secretario la de llevar e! Libro de Actas, así como la expedición y
firma con el Visto Bueno del Presidente de las certificaciones que resulten
necesarias, y el asegurar que por la Asociación se respete la legalidad.
En
caso de ausencia, será sustituido por el Vicepresidente, si éste no actuara en
funciones de Presidente, y a falta del mismo, por el que sea elegido por la
Junta de Gobierno de entre sus miembros.
TITULO VI
RECURSOS ECONÓMICOS
ART. 29. — Para el cumplimiento de sus
fines la Asociación contará con las cuotas que, en la cuantía que establezca en
cada momento la Asamblea General, se obligan a satisfacer todos los asociados
en tiempo y forma que establezca la propia Asamblea.
ART. 30. — Tendrán también la
consideración de recursos económicos las donaciones allegadas a favor de la
Asociación, las subvenciones de carácter oficial o particular, y los ingresos
procedentes de la venta de bienes y valores, publicaciones, prestación de
servicios, y cualesquiera otras que en su día determine la Junta de Gobierno.
ART. 31. — La Asociación, bajo la
tutela del Tesorero, llevará la contabilidad de la misma, indicándose
debidamente todos los documentos justificantes y copias que se produzcan.
Esta
contabilidad será revisada cada año por los Censores Jurados de Cuentas que al
efecto designe la Asamblea General.
TÍTULO VIl
DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
ART. 32. — La Asociación podrá
disolverse cuando lo acuerden las dos terceras partes del total de asociados
con derecho de voto, que integran la Asociación.
En
el acuerdo de disolución se determinará el destino que haya que darse a los
bienes, derechos, instalaciones y servicios de la Asociación que pudieran
quedar después de atender las obligaciones pendientes.
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