domingo, 18 de noviembre de 2012

OFERTA AFILIADOS: SEGURCAIXA ADESLAS.

Estimados/as compañeros/as:

La entidad bancaria donde está la cuenta del sindicato ha realizado una oferta a los afiliados de SERAR por ser ya un colectivo lo suficientemente numeroso como para realizar ofertas de grupo que puedan resultar interesantes a ambas partes.

Los que han tenido seguro médico dicen que ésta es una buena oferta. La ventaja, mayor o menor, dependerá del número de personas que estén interesadas en ella, por lo que nos han indicado que todos/as los/as compañeros/as que estén interesados deberán contestar rellenando la ficha de adhesión a la póliza y los siguientes requisitos: A/ DNI escaneado y los datos personales actualizados: dirección, teléfono, email de contacto. B/ Caso de ser un grupo familiar, enviar sólo una hoja de domiciliación bancaria y el DNI y datos de todos los miembros del grupo.

Este párrafo es un mero recordatorio para los compañeros que ya tienen seguro: Además, recordar a los que provengan de otras compañías de salud, que hay que informar a sus compañías de la no renovación de la póliza con 2 meses de antelación. Es preciso que adjunten también una fotocopia de la tarjeta y el último recibo para gestionar la eliminación de carencias por venir de otra compañía, por lo que con esos datos podemos tramitar nosotros (Segurcaixa) la carta de no renovación y enviarla a cada afiliado para que la firme, y recibirla nuevamente para enviarla desde la oficina.

Para cualquier aclaración relativa al seguro la persona que lleva el asunto en Caixa es:

Raquel Escuer Bolea raquelescuer@lacaixa.es
Tel.: 876 243023 | Fax: 976 461336
Av. San José, 46 50008 Zaragoza

Esperamos que sea de vuestro interés.

CUADRO MÉDICO y CLINICAS DE ADESLAS
La prima desde 37,5* € mes, por asegurado. Conservando la antigüedad de la compañía origen.
Cobertura Adeslas Completa:
• Amplia cuadro médico exclusivo, con más de 33.000 profesionales y una red de 300 centros de atención medico asistencial en toda España
• El seguro de salud más completo, con coberturas excepcionales, como preparación para el parto, prótesis internas (traumatología y cardiología), trasplantes (médula ósea y cornea), tratamientos
crónicos especiales, diálisis, quimioterapia, homeopatía….
• Hospitalización sin límite de días, excepto en psiquiatría, tratamiento integral de enfermedades congénitas para recién nacidos dados de alta en la póliza dentro de los 30 días posteriores al nacimiento…
• Precios especiales en Cirugía refractiva, Servicio de psicología, Reproducción asistida Homeopatía y Servicio de crioconservación de células madre.
• Cobertura de prótesis internas traumatológicas, cardiovasculares, de mama tras una mastectomía adical, lentes intraoculares en cirugía de catarata y mallas sintéticas en reconstrucción de pares bdominal.
• 8 Sesiones de Podología al año.
• Psicoterapia en trastornos alimentarios hasta 40 sesiones.
• Segunda opinión médica.
• Servicio de atención a embarazadas.
• Asistencia en viaje en el Extranjero muy completa que garantiza hasta 12.000 € en gastos médicos.
• Para más de 20 asegurados, la póliza no tiene carencia (se elimina la espera de intervalo de tiempo
para algunas coberturas) y para más de 50 asegurados, no es necesario cumplimentar cuestionario de
Salud y no tendrá preexistencias (enfermedades o patologías anteriores a la contratación)
 Al precio ofertado se aplicarán “2 meses gratis”*
 Consulta el cuadro médico en www.adeslassegurcaixa.es
*Condiciones especiales para contratación antes del 31 Enero 2013.
*En función de la edad de los asegurados.
Marta Prieto Campos 616 516 926 mprieto@agencaixa.com

El abajo firmante, titular del depósito de cargo que se indica, autoriza al Sindicato de Empleados de Registro de la Propiedad, para que se efectúe en dicho depósito y hasta nueva orden el cargo de los adeudos domiciliados correspondientes al seguro de salud ADESLAS, dentro de la oferta que ofrece La Caixa a los miembros de esta comunidad.

Asimismo, especificamos las personas que se adherirán a dicha póliza:

NIF NOMBRE FECHA NACIMIENTO


Datos depósito cargo:


Zaragoza, a…………. de Octubre de 2012

Firma de los titulares del depósito

VENTAJAS AFILIADOS - ASISA SALUD

OFERTA ASISA SALUD para SINDICATO DE EMPLEADOS DE REGISTROS -SERAR
0 a 44 años …………… ……35 €/persona/mes
45 a 64 años…………………..39 €/persona/mes

Coste por acto médico gratuito, excepto psicoterapia 9 €.

-Podología 6 sesiones al año.
-Libre elección de Especialista.
-Cobertura durante el embarazo y el parto, incluida la preparación al mismo.
-Acceso a técnicas de reproducción asistida en condiciones económicas muy ventajosas.
-Urgencias 24 horas.
-Pediatría sin límite hasta los 14 años.
-Medios diagnósticos (Análisis clínicos, Diagnostico de imagen y medicina nuclear, aparato digestivo, circulatorio, Urología, Neurofisiología, Ginecología,…..)
-Técnicas especiales de tratamientos.
-Consultas y asesoramiento médico en el teléfono 902 010 181.
-Hospitalización sin límite en habitación individual con cama de acompañante, excepto psiquiátrica máximo 50 días/año.
-Clínicas propiedad de ASISA en toda España.
-En Zaragoza Clínica Montpellier, Clínica Quirón y centros concertados
-Cobertura sanitaria en accidentes de tráfico y laborales.
-Servicio de asistencia sanitaria en el extranjero a través de EUROPE ASSISTANCE.
-Servicio de asistencia jurídica a través de LEGÁLITAS.
-Seguro de indemnización de 6.010 € en caso de fallecimiento por accidente.
-Segunda opinión médica.

EXTENSIBLE A FAMILIARES DE PRIMER GRADO
SEGURO DE VIDA ESPECIAL(estudio personalizado)
OFERTA PÓLIZA DENTAL FAMILIAR POR 12,95 € /FAMILIA /MES

Información y contratación consulte a :
PLACI AYESA Telef: 722 21 21 8O
plaayesa@hotmail.com

ASESORIA JURIDICA SERAR serar.asesoriajuridica@gmail.com

Estimados/as compañeros/as afiliados/as:
 
Lo primero de todo queremos dar la bienvenida a los/as nuevos/as afiliados/as pues este fin de semana se han actualizado las bases de datos y ya superamos la tercera parte del personal de los registros de Aragón. Ojalá con ésto tuviéramos asegurado el futuro, ciertamente estamos en un momento muy delicado, pero ahora tenemos la fuerza del grupo en la comunidad y cada vez más consolidada dentro del colectivo con la reciente Federación de Sindicatos Autonómicos FESECBAN.
 
Confirmaros que se ha puesto en marcha el servicio definitivo de ASESORIA JURIDICA DE SERAR. El abogado que va a dar cobertura a los afiliados de SERAR es  CARLOS LARRUMBE (despacho LARRUMBE SERRANO FERRAN y CIA. ABOGADOS), con una muy amplia experiencia en nuestro convenio y en nuestro colectivo.
 
El compañero de la Junta que va a coordinar este servicio será  RAMON NADAL (Registro de la Propiedad de Huesca 1) y para ello hemos habilitado una cuenta de correo específica donde enviar las consultas o preguntas puntuales de asesoría: serar.asesoriajuridica@gmail.com  Hemos considerado que éste es el mejor medio para gestionar las consultas por ser nosotros quienes tendremos siempre los listados de afiliados actualizados, evitar repeticiones en las consultas y poder facilitar directamente algunas de ellas, y, de requerirlo así el supuesto específico, el compañero encargado del servicio facilitaría o gestionará lo que considere adecuado para el caso.
 
Igualmente, indicaros que ya se está configurando una comisión dentro del sindicato dedicada exclusivamente al tema de las garantías salariales, que empieza a recabar información de la situación en los Registros de Aragón, solicitando los informes jurídicos necesarios y de acuerdo con el resto de la Federación se empezarán a tomar las medidas que se consideren oportunas.     
 
En estos días os iremos enviando información de distintos temas, con resúmenes más detallados que estamos preparando, así como de las noticias que vayan surgiendo, y encuestas de distintos aspectos para conocer vuestra opinión.
 
Como siempre, podeis enviar vuestras propuestas y sugerencias a la dirección general del sindicato: sindicatoaragon@gmail.com 
 
Os seguiremos informando.

domingo, 28 de octubre de 2012

CONSTITUCION FESECBAN - FEDERACION SINDICATOS AUTONOMICOS


En el día de ayer, sábado 27 de octubre de 2012, el “Sindicat dels Empleats dels Registres de la Propietat i Mercantils de Catalunya” (SRC),  la “Associació Sindical dels Empleats dels Registres de la Propietat i Mercantil de Balears” (ASERB), el “Sindicato de Empleados de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Aragón” (SERAR) y el  Sindicato de Auxiliares y Oficiales de los Registros de la Propiedad y Mercantil de Navarra” (SIORNA), han constituido una federación sindical denominada “Federación de Sindicatos de Empleados de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Cataluña, Baleares, Aragón y Navarra(FESECBAN). Dicha federación se constituye en cumplimiento de los acuerdos adoptados por sus respectivas asambleas generales.

El objetivo primordial de la federación es crear un vínculo de unión entre dichos sindicatos con el propósito de colaborar y reforzar su posición en las diversas actuaciones de orden sindical que se planteen en el territorio nacional.
 
 
La federación se centrará en la defensa de los intereses económicos y laborales de los afiliados, promoviendo y cooperando en el desarrollo y fomento de las condiciones laborales de los trabajadores de los Registros de la Propiedad y Mercantiles; y la coordinación, gestión y representación de sus intereses profesionales, participando en la negociación de convenios y acuerdos laborales, promoviendo su formación, así como también en asuntos de interés general para la economía y la sociedad.

http://fesecban.blogspot.com.es/         http://www.facebook.com/FESECBAN

miércoles, 3 de octubre de 2012

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA


LUGAR:   Zaragoza, Centro Cívico “Estación del Norte”
                 Avenida Cataluña, 16
SESION:  Extraordinaria
FECHA:  20 de octubre de 2.012 (Sábado)
HORA:  16 horas  (15,30 horas en primera convocatoria)

                Se convoca a los afiliados de esta asociación sindical para la celebración de la sesión cuyos datos figuran más arriba,  en la cual se tratarán los asuntos que se relacionan en la ORDEN DEL DIA.
               Es imprescindible la asistencia de los afiliados dada la importancia de los temas a tratar. En caso de que no poder asistir, se ruega comunicación al delegado provincial o a la dirección de email de este sindicato sindicatoaragon@gmail.com  o delegación de voto. Se acompaña modelo para la delegación-.

                                                              El  Presidente,
 

                    

ORDEN DEL DIA.     
1.      Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior (19 de mayo de 2.012)
2.      Ratificación de los acuerdos adoptados en la sesión anterior, relativos a renovación de la Junta de Gobierno y modificación de estatutos .
3.      Nueva modificación de Estatutos. Se adjunta borrador.
4.      Federación de Sindicatos Autónomicos y otros.
5.      Informe de tesorería y gestión.
6.      Cuota de afiliación.
7.       Ruegos y preguntas.

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                        DELEGACION DE VOTO
D./Dª______________________________________________ con DNI ______________________, AFILIADO/A al “Sindicato de Empleados de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Aragón” –SERAR-,  y  con motivo de la próxima Asamblea General Extraordinaria que se celebrará el próximo sábado 20 de octubre, y por no poder asistir a la misma presencialmente, DELEGO MI VOTO, de conformidad con el artículo 17 de los Estatutos, en la persona del siguiente afiliado al mismo sindicato: D./Dª_________________________________________  con DNI ___________________,  sabiendo que conforme al mismo artículo NO se podrán ostentar más de DOS representaciones en la misma persona y que la representación se acreditará por medio de este escrito, que se entregará a la Presidencia antes de inciarse la Asamblea.
_________________, a ____ de _______________ de ________             

jueves, 27 de septiembre de 2012

AGRADECIMIENTOS

 
Estimados compañeros:

Queremos AGRADECER enormemente a todos aquellos afiliados de SERAR que, tras la reactivación y puesta en funcionamiento de esta asociación sindical, han renovado/confirmado su afiliación así como a todos los nuevos afiliados que han apostado igualmente por SERAR, especialmente también al equipo humano que ha decido dedicar su tiempo y esfuerzo para sacar adelante este proyecto y sus colaboradores, en un momento en el que es más necesario que nunca de las estructuras cercanas de nuestro colectivo pues sólo unidos y coordinados seremos capaces de defender nuestros derechos y nuestro incierto futuro.

Esta confianza depositada en SERAR nos ha permitido, en poco más de tres meses, tener una centena de afiliados y ser, de nuevo, el sindicato mayoritario en la comunidad, teniendo ahora el respaldo suficiente para poder llevar la voz de nuestro colectivo en Aragón donde haga falta. Pero no penséis que con eso está todo hecho y es suficiente con afiliarse y dejar el futuro en manos de otros, muy al contrario, eso es sólo es el comienzo y, tras ello, esperamos vuestra colaboración, aportaciones y esfuerzo para tomar las mejores decisiones para el colectivo y llevar adelante las mismas.

El equipo humano que ha decidido llevar adelante este proyecto lo ha hecho no por su experiencia ni trayectoria sindical sino por responsabilidad para con el colectivo y nuestra comunidad autónoma y en el entendimiento de que es algo necesario para todos, por ello disculpadnos en la que medida en no funcione todo lo ágil o profesionalmente que se pudiera desear y agradecer toda la colaboración que se aporte, en beneficio de todos.

            La nueva Junta es un equipo que refleja la diversidad de nuestras oficinas, con compañeros de todas las categorías (esas mismas que ya están a punto de desaparecer) para defender mejor nuestra profesión desde todos los puntos de vista posibles, gente joven y no tan joven, de las tres provincias y correspondientes a los distintos sectores: Propiedad, Mercantil y Oficina Liquidadora.

En unos días expondremos el calendario previsto para el próximo mes en el que podréis conocer personalmente a tod@s los compañer@s que lo forman; en este calendario se desarrollarán mesas informativas en las tres provincias y también en los puntos que soliciteis, la Asamblea General de SERAR y la II Asamblea del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España, delegación de Aragón, con distintos ponentes. Esta última, pretende ser un evento periódico y un día especial de reflexión y debate para todo el colectivo de la comunidad, que concluya en momentos de confraternización, para darnos ánimo y estímulo en esta época de crisis, compartiendo también algo más allá del trabajo diario.

Confiamos en que nos ayudéis a perfilar y entre todos decidamos las líneas de trabajo y actuación más urgentes para el colectivo, así como en el desarrollo de las mismas.

Desde SERAR entendemos que ahora mismo existen las siguientes necesidades en las que estamos trabajando:

            -UNIDAD Y COORDINACION DEL COLECTIVO para ser capaces de generar una mínima respuesta en cualquier momento, tener una estructura capaz de coordinarse (asociaciones, sindicatos), y que la INFORMACION llegue a TODOS.

            -UNIDAD Y COORDINACION de los representantes legales –Unidad sindical-. Este ha sido nuestro esfuerzo prioritario, tener contacto con todas las fuerzas sindicales del sector para trazar de forma conjunta las grandes actuaciones de todo el colectivo; y fue por ello que en el mes de junio se logró un encuentro en Zaragoza con “parte” de ellas, concretamente SIOYA, SRC, SRN, SERAR, apostando ya decididamente, aquí, por la originaria Federación de Sindicatos Autonómicos.

            -ESTRUCTURA SINDICAL/ASOCIATIVA CERCANA (de ahí la necesidad del sindicato autonómico) con un fuerte respaldo de asesoría jurídica, para el estudio de las situaciones concretas de la comunidad, acuerdos con el decanato, gestión de bolsas de trabajo, etc.

            Por ello, no dejes de seguir los medios de comunicación de que disponemos todo el colectivo y los que se han creado recientemente en nuestra Comunidad, que a su vez te conectan con más enlaces de interés, para que el intercambio de información, comunicación y opiniones fluyan entre nosotros: 

            Grupo general abierto:  http://personalauxiliar.crearforo.net/

            Grupo general abierto, en facebook: http://www.facebook.com/groups/169250297535/

            Web de APeR: http://asociaper.net/

            Página de noticias de la C.A. de Aragón en facebook: http://www.facebook.com/APeRARAGON

            Usuario de APeR ARAGON en facebook: http://www.facebook.com/aper.aragon.5

            Foro cerrado para el personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Aragón y sus Oficinas Liquidadoras, con un apartado específico para afiliados a SERAR: http://aragon.foroactivo.com/

            Twitter:   @sindicatoaragon    @APeRARAGON

            Y finalmente, el blog de este sindicato: http://sindicatoaragonregistros.blogspot.com.es/

Aragón, definitivamente, va a tener voz propia!!

          "Ningún ejercito puede detener una idea a la que le ha llegado su momento" 
                      Victor Hugo. 







miércoles, 22 de agosto de 2012

NO AL CIERRE DE LAS OFICINAS LIQUIDADORAS DE GALICIA !!!






Como no podía ser de otra forma nos hacemos eco de la situación de las Oficinas Liquidadoras en Galicia, con su propia nota de prensa:

Las oficinas liquidadoras han pervivido con unas funciones características durante más de 150 años bajo situaciones políticas, sociales y económicas diversas.

Con la Axencia Tributaria Galega, cuya nueva creación anunció el pasado mes de Mayo el presidente de la Xunta de Galicia, entre otras cosas lo que se pretende es la eliminación de las 42 Oficinas Liquidadoras que se extienden por toda Galicia. Las funciones quedesarrolla una Oficina Liquidadora, a cargo de un Registrador de la Propiedad, en relación con los tributos cedidos son las siguientes: recepción de documentos, atención al público y ayuda para las declaraciones, revisión de datos, introducción de datos en el sistema, inicio de expedientes y su formación, revisión del expediente, realización de requerimientos, selección de expedientes para envíos a valoración, remisión de incompetencias, tramitación de tasaciones periciales contradictorias, devolución de ingresos indebidos, recursos de reposición y judiciales, notificaciones, giro de liquidaciones complementarias, etcétera.
 

Estas funciones se desempeñan por el registrador y el personal a su cargo, que tienen la competencia técnica necesaria para analizar todos los hechos imponibles que contiene cada documento. El registrador hace un estudio detallado de todas las escrituras y documentos que entran en el registro, no limitándose a liquidar en base a una ficha elaborada por sujetos intervinientes y partes en el contrato (notario o gestor). Nótese que el interés de dichos sujetos no es solo el de la comunidad autónoma (diligencia recaudatoria) sino (y principalmente) el del sujeto impositivo.
 

La introducción del sistema de presentación telemática en el año 2010 no ha dado los resultados esperados para paliar los problemas derivados de la dispersión geográfica gallega. La presentación telemática de la liquidación no es un paso obligado sino voluntario para el ciudadano al que no se puede privar de los demás medios de presentación.

La propuesta de la Xunta de eliminar las OOLL ha fracasado en otras comunidades autónomas. Las oficinas liquidadoras fueron eliminadas en Madrid y Extremadura en la década de los 90 y recuperadas pocos años después. Más recientemente Baleares, donde fueron eliminadas, a día de hoy la firma de un convenio por el cual vuelven a recuperarlas es inminente. La retirada de las mismas ha ocasionado en la comunidad balear un retraso de 140.000 expedientes.
 

Si Galicia es una comunidad autónoma solvente es también gracias al esfuerzo de las oficinas liquidadoras que están en cada pueblo para gestionar el tributo en contacto directo con el contribuyente, asesoran al ciudadano en el trámite de la autoliquidación y gestionan eficientemente la tributación de todo hecho imponible como sujeto imparcial que no es parte en el negocio, carece de competencia y tensiones de mercado y no sufre ninguna influencia del sujeto tributario.
 

La gestión desarrollada por las OOLL en Galicia se manifiesta como más eficaz y eficiente que la desarrollada por los servicios de gestión tributaria de la Xunta, conclusión obtenida del Informe de la Inspección de Servicios del MEH donde destaca no sólo la importancia de las OOLL en la gestión de la Comunidad sino expresamente que los objetivos fijados por la Xunta anualmente a las OOLL en cuanto a recaudación, número de expedientes despachados de cada tributo y la mora en 2010 fueron satisfactoriamente cumplidos.
 

Advierten los empleados de los Registros de la Propiedad de las consecuencias en caso de suprimirse la gestión de las oficinas liquidadoras en la provincia de Pontevedra.


1.- Despido del personal de las OOLL que según datos del Informe de la Inspección de Servicios del MEH del año 2010 era de 134 personas en toda Galicia, si bien la cifra puede ser superior, afectando al 30% de los empleados de los Registros de la Propiedad, alrededor de 800 en toda Galicia, ya que indirectamente prestan servicios a la Oficina Liquidadora, mediante atención al público, información sobre impuestos y cumplimentado de impresos, etc, por lo que el descenso de la carga de trabajo y los ingresos por el mismo darían lugar a la innecesariedad de su contratación. Desde la OOLL se procedió a contratar personal, que ha estado en constante formación, supervisada y conforme a los criterios de la Administración Autonómica y de cuya formación ahora se prescinde, lo que supone un despilfarro de material humano y recursos invertidos.


2.- Pérdida de servicios jurídicos en el rural.

Por un lado, supondría obligar a los vecinos a desplazarse a Vigo o Pontevedra y por otro, como no está prevista la incorporación de nuevo personal cualificado en ninguna de esas dos oficinas se ocasionarían serían largas esperas para recibir una primera atención, puesto que de 11 oficinas que existen en la actualidad (9 OLDH + 2 OOGG). Con el proyecto de la nueva ATG el mismo personal de ahora mismo, tanto en Vigo como Pontevedra tendrían que abarcar un número mucho mayor de presentación, gestión, atención al público… lo que supondría un peor servicio al ciudadano. Esta problemática se agravaría en las provincias de Ourense y Lugo, en las que la mayor dispersión de la población, la franja de edad de la misma (es de sobra conocido el envejecimiento de la población gallega), y el alejamiento de los núcleos urbanos en los que se establecerán estas delegaciones de la AXT, darán lugar a largos desplazamientos del los contribuyentes, con los gastos que ello acarrea.

La visita a la Oficina Liquidadora es recurrente y tiene una labor informativa y asistencial. La falta de asistencia obligaría al ciudadano a contratar servicios de información que actualmente se prestan con carácter gratuito.
 

Afirman los empleados de los Registros que la supresión de las Oficinas Liquidadoras supondría a todos los ciudadanos un incremento de gastos como consecuencia de la necesidad de desplazamiento a la sede de la correspondiente delegación, tanto para pedir asesoramiento, como para presentar en su caso alegaciones o recursos, solicitudes de fraccionamiento o aplazamiento, certificaciones de los documentos liquidados y archivados por la administración tributaria, etc.


Enviar las firmas por correo postal a alguna de las siguientes direcciones:

Oficina Liquidadora de A Estrada
R/ Antón Losada Diéguez, 23 semisótano.
36680 - ESTRADA (A) (PONTEVEDRA)

Oficina Liquidadora de Ortigueira
R/ Manuel Sandomingo, 1
15330 - ORTIGUEIRA (A CORUÑA)

O bien, entregandolas a la Junta de este Sindicato para hacerlas llegar igualmente:
http://sindicatoaragonregistros.blogspot.com.es/2012/05/nueva-junta-en-el-serar.html


LOS ABAJO FIRMANTES EXPRESAN AL GOBIERNO DE LA XUNTA DE GALICIA SU NEGATIVA ROTUNDA A LA SUPRESIÓN DE LA FUNCIÓN GESTORA POR PARTE DE LAS OFICINAS LIQUIDADORAS DE GALICIA RESPECTO A LOS IMPUESTOS DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS, VEHÍCULOS Y SUCESIONES Y DONACIONES


¡NO AL CIERRE DE LAS OFICINAS LIQUIDADORAS!


NOMBRE Y APELLIDOS

D.N.I

FIRMA























































lunes, 21 de mayo de 2012

FORMAMOS PARTE DE LA SOCIEDAD

     Y como es evidente que no podemos ser el ombligo del mundo y existen otros sectores que, como nosotros, están sufriendo la crisis y recibiendo unos recortes que afectan a nuestro estado de bienestar e inciden directamente en nuestro futuro, este sindicato quiere apoyar públicamente a aquellos a quienes defienden sus derechos de una forma activa.

NUEVA JUNTA EN EL SERAR

     El pasado sábado 19 de mayo fue renovada la Junta de Gobierno del Sindicato de Aragón, inoperativo durante años, en el momento actual se hace necesario reactivarlo.

     La nueva Junta es la siguiente:

     -Luis Miguel Calleja Esteban -Zaragoza 13-. Presidente
     -María del Carmen Ibarz Susín -Huesca 1-. Vicepresidenta
     -Antonio Gordillo Aranda -Zaragoza 7-. Tesorero
     -Elena Alcón Herrero -Alcañiz-. Secretaria
     -María del Carmen Aguado Curieses -Zaragoza 9-. Delegada Provincial Zaragoza
     -Cristóbal Códes Gómez -Barbastro-. Delegado Provincial Huesca
     -Dolores Climent Soriano -Alcañiz-. Delegada Provincial Teruel
     -Ramón Nadal Longo -Huesca 1-. Vocal Propiedad
     -María del Carmen Clavería Goreta -Alcañiz-. Vocal Oficina Liquidadora
     -Javier Bonet Marquez -Huesca 2-.Vocal Mercantil

     Todos sabemos que no es fácil formar un equipo de trabajo muy numeroso y menos unir a nuestro colectivo, pero como dijo un buen amigo "aunque no contemos con el apoyo de todos los compañeros, sepamos siempre que un puñado de personas verdaderamente comprometidas puede hacer mucho por nuestros colectivos", y eso intentaremos... aunque esperamos que se unan muchos más  compañer@s  para ser una voz unánime y contundente.  

   
    "Las cosas están por hacer. Somos nosotros quienes las hacemos posibles"

sábado, 12 de mayo de 2012

Estatutos del Sindicato


ESTATUTOS DEL SINDICATO DE LOS EMPLEADOS DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ARAGÓN -Tras la modificación aprobada en Asamblea de 20 de octubre de 2.012 y debidamente inscritos en la Administración -DGA-
            TITULO I
            DISPOSICIONES GENERALES
            ART. 1.°— Al amparo de la Ley Orgánica 11/85, de 2 de Agosto, de Libertad Sindical, se constituye el "Sindicato de los empleados de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Aragón".
            ART. 2.° — El ámbito funcional de esta Asociación Sindical lo constituyen los Registros de la Propiedad y Mercantiles de Aragón.
            ART. 3.° — La Asociación constituida desarrollará su actividad en todo el territorio de Aragón.
 
ART. 4.°Esta Asociación tendrá su domicilio en 44600-Alcañiz –Teruel-, Ronda de Teruel, 6 bis, 1º, y se utilizará a efectos de notificaciones un apartado de correos concertado por la misma y acreditado en cada momento con la documentación pertinente. -Apartado de correos 53 de Alcañiz -Teruel- 
            TITULO II
            FINES DE LA ASOCIACIÓN
            ART. 5.° — Constituye la finalidad de la Asociación la defensa de los  intereses económicos y profesionales de sus afiliados, promoviendo y cooperando en el desarrollo de la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores de los Registros de la Propiedad y Mercantiles, y en la coordinación y fomento de tales intereses.
            ART. 6.º — Esta Asociación se financiará con las aportaciones obligatorias de sus afiliados y demás recursos previstos en el Artículo 30.
            TITULO III
            DURACIÓN
            ART. 7.° — La Asociación Sindical se constituye por tiempo indefinido, sin perjuicio de su posible disolución, por las causas previstas en estos Estatutos, o en la normativa vigente.
            TITULO IV
            DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN
            ART. 8.° - Tendrán derecho a ingresar en esta Asociación todo trabajador previa solicitud a la Junta de Gobierno, que acredite documentalmente su inclusión dentro del ámbito para el que se constituye esta Asociación. En cualquier caso, corresponde a la Asamblea General, Órgano soberano de la Asociación, tomar la decisión de admisión.
            ART. 9.° — El ingreso en la Asociación será siempre voluntario, pudiendo sus miembros abandonarla en cualquier momento, con sólo notificarlo por escrito a la Junta de Gobierno.
            A tales efectos, se llevará un libro debidamente diligenciado por el Presidente y Secretario, en el que se relacionen todos los afiliados con sus datos de identificación, así como de las fechas de altas, y de bajas, en su caso.
            ART. 10. — La afiliación supondrá que. cada asociado se compromete a observar y cumplir los Estatutos, la normativa vigente que pueda afectarles, y todos los acuerdos que la Asociación pueda válidamente alcanzar. Así, y en concreto, se comprometen con carácter expreso a satisfacer el importe de las cuotas, en la cuantía y forma que determine la Asamblea General, a propuesta de la Junta de Gobierno.
            ART. 11. — La condición de afiliado se perderá:
            a) Con carácter inmediato, en los supuestos de renuncia escrita y comunicada fehacientemente a la Junta de Gobierno.
            b) Por acuerdo de expulsión adoptado por la Junta de Gobierno, en los supuestos de:
            1. — Incumplimiento de las obligaciones económicas para la financiación de la Asociación.
            2. — Incumplimiento de las obligaciones establecidas en los Estatutos.
            3. — Incumplimiento de los acuerdos adoptados por la Asamblea General o la Junta de Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias.
            Dicho acuerdo será adoptado por la Junta tras la instrucción del oportuno expediente, de! que se dará vista al efectado, el cual contará con un plazo de 15 días hábiles para presentar pliego de descargos y proponer la prueba que estime necesaria, contando con un plazo de 15 días para practicarla, al cabo del cual el expediente estará listo para su resolución.
            La expulsión, en los supuestos antes establecidos, podrá ser recurrida por los interesados ante la Asamblea General, Órgano soberano de la Asociación.
            TITULO V
            DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
            LA ASAMBLEA GENERAL
            ART. 12. — La Asociación será regida por la Asamblea General y la Junta de Gobierno.
            ART. 13. — La Asamblea General representa el órgano supremo de la Asociación, y estará constituida por la totalidad de sus asociados, que estén al corriente en el pago de las cuotas establecidas reglamentariamente.
            ART. 14. — La Asamblea General podrá ser ordinaria y extraordinaria.
            La Asamblea General Ordinaria se reunirá al menos una vez al año, para aprobar e! presupuesto de ingresos y gastos del ejercicio, las cuentas de la Asociación, así como la elección o revocación de los miembros de la Junta de Gobierno, cuando proceda.
            La Asamblea General Extraordinaria se reunirá cuantas veces lo solicite la Junta de Gobierno, o un VEINTE POR CIENTO de los afiliados.
            ART. 15. — Las Asambleas Generales serán convocadas por el Presidente, por medio de la comunicación directa a todos los afiliados teniendo en cuenta los datos facilitados por los mismos, preferiblemente por correo electrónico, o por medio de la publicación de aviso en un periódico de la máxima difusión en Aragón, publicación en la página / web / blog de la asociación sindical, redes sociales, foros o cualquier otro medio de difusión, siempre con quince días naturales de antelación a la fecha señalada, expresándose el orden del día.
            La Junta de Gobierno, en el apartado de ruegos y preguntas, recogerá todas las propuestas por escrito formuladas por los afiliados y presentados tres días antes de la reunión. Asimismo, y con carácter de urgencia, podrán debatirse cuestiones planteadas en el curso de la reunión, si así lo decide un mínimo del veinte por ciento de los asistentes a la misma, en el turno de ruegos y preguntas.
            ART. 16. — La Asamblea General será presidida por el Presidente, o, en caso de ausencia del mismo, por el Vicepresidente, asistido del Secretario.
            Al Presidente compete dirigir los debates, cuidar que se cumpla e! Orden del Día y velar por la buena marcha de la reunión, dando o retirando la palabra, y ordenando lo que al respecto de la reunión corresponda.
            ART. 17. — Las Asambleas Generales quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria, cuando se encuentren presentes y/o representados, al menos la mitad más uno del total de votos de la Asociación; y en segunda convocatoria media hora más tarde, sea cual fuere el número de asistentes.
            La representación se acreditará para cada Asamblea General por medio de escrito, que se entregará a la Presidencia antes de iniciarse la Asamblea.
            No se podrán ostentar más de CINCO representaciones.
            ART. 18. — Todos los acuerdos que adopte la Asamblea General lo serán por mayoría simple.
            No obstante, será precisa la mayoría de dos terceras partes del total de afiliados con derecho de voto, en primera convocatoria, o de dos terceras partes del total de afiliados asistentes a la asamblea, en segunda convocatoria, para la adopción de los siguientes acuerdos:
            1. — Fusionar la Asociación con otra de igual o similares características.
            2. — Disolver la Asociación.
            3. — Constituir o participar en otras entidades u organismos.
            4. — Modificar los Estatutos, excepto cuando esta modificación sea por imperativo legal.
            5. — Cesar o sustituir miembros y cargos de la Junta de Gobierno.
            ART. 19. — La Asamblea General, debidamente convocada y constituida, tiene las más amplias facultades para deliberar y resolver cuantos asuntos tengan relación con los fines de la Asociación. Compete especialmente a la Asamblea General, con carácter meramente enunciativo:
            a) Aprobar y modificar los Estatutos.
            b) Adoptar acuerdos relativos a la representación, gestión y defensa de los intereses de la Asociación y de sus afiliados, sin perjuicio de la facultad de delegar la realización concreta de estas funciones en la Junta de Gobierno.
            c) Aprobar los programas y planes de actuación.
            d) Elegir y revocar el mandato de los miembros de la Junta de Gobierno y dentro de ios componentes de la misma a los Presidente y Vicepresidente de la Asociación.
            e) Conocer y ratificar la gestión de la Junta de Gobierno.
            f) Aprobar los presupuestos y las liquidaciones de cuentas.
            g) Acordar la fusión de la Asociación con otra de igual o similares características.
            h) Acordar la disolución de la Asociación.
            i) Conocer y resolver los Expedientes disciplinarios incoados a los afiliados.
            ART. 20. — De cada reunión se levantará Acta que recoja la marcha de los debates, así como las decisiones adoptadas y los votos particulares.
            Las Actas debidamente aprobadas se insertarán en un Libro diligenciado por el Presidente y el Secretario.
            LA JUNTA DE GOBIERNO
            ART. 21. — La Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo, encargado de la dirección, gobierno y administración de la Asociación.
            Estará compuesta por, al menos, nueve afiliados, uno de los cuales pertenecerá necesariamente a la plantilla de un Registro Mercantil, elegidos por la Asamblea General de entre sus miembros, incluido e! Presidente, mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, por el sistema de candidaturas completas y listas cerradas.
            Los miembros de la Junta de Gobierno serán nombrados por el plazo de CUATRO AÑOS.
            ART. 22. — La Junta de Gobierno se reunirá como mínimo cuatro veces al año en sesión ordinaria. Podrá reunirse también en sesión extraordinaria en los casos en que lo soliciten la tercera parte de los componentes, o lo decida el Presidente por propia iniciativa.
            ART. 23. — La convocatoria la realizará el Presidente con al menos CUARENTA Y OCHO HORAS de antelación, y quedará constituida cuando concurran a la reunión la mitad más uno de sus miembros y estén presentes el Presidente y el Secretario, o aquellos que lo sustituyan.
            La adopción de acuerdos requerirá el voto favorable de la mitad más uno de los miembros de la Junta asistentes, haciéndose constar en un Libro de Actas firmado por el Presidente y el Secretario.
            ART. 24. — La Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:
            a) Proponer a la Asamblea los programas de actuación generales o específicos.
            b) La ejecución y cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Asamblea, dando cuenta a la misma de su cumplimiento.
            c) La realización y dirección de las actividades de la Asociación.
            d) Elegir los distintos cargos de ¡a misma y sus suplentes, excepción hecha del Presidente y Vicepresidente, que los de-signará la Asamblea.
            e) Presentar a la Asamblea Genera! los presupuestos, balances, liquidaciones de cuentas y propuestas de cuotas para su aprobación,
            f) Elaborar la Memoria anual.
            g) Decidir en materia de cobros, ordenación de pagos y expedición de libramientos.
            h) Inspeccionar la contabilidad, sin perjuicio de las facultades del Tesorero.
            i) Inspeccionar y velar por el normal funcionamiento de los servicios.
            j) Adoptar acuerdos referentes a la contratación de personal, servicios, así como a! ejercido de acciones y otorgamiento de poderes.
            k) En casos de extrema urgencia, adoptar decisiones sobre asuntos cuya competencia corresponde a la Asamblea General, si bien la Junta de Gobierno deberá someter a la aprobación de !a Asamblea el acuerdo adoptado, cuya convocatoria deberá hacerse en el plazo máximo de treinta días.
            PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, TESORERO Y SECRETARIO
            ART. 25. — El presidente será elegido y revocado en su mandato por la Asamblea General, mediante sufragio libre, igual, directo y secreto.
            El Presidente ostentará, a título enunciativo, las siguientes funciones:
            a) Convocar y presidir las reuniones tanto ordinarias como extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta de Gobierno.
            b) Dirigir los debates y el orden en las reuniones.
            c) Ostentar la representación de la Asociación en todos los órdenes, actos y contratos, actuando en su nombre, como ejecutar los acuerdos tomados.
            d) Autorizar las Actas de todas las reuniones.
            e) Nombrar y delegar la representación a uno o más asociados para llevar a término temas específicos.
            ART. 26. — El Vicepresidente de la Asociación sustituirá al Presidente en los casos de ausencia o imposibilidad de éste.
            ART. 27.- El Tesorero será designado por la Junta de Gobierno de entre sus miembros.
            Tendrá como función la vigilancia y control de la gestión económica de la Asociación.
            ART. 28. — El Secretario será nombrado por la Junta de Gobierno de entre sus miembros, o entre personas que no pertenezcan a dicho organismo, pudiendo incluso desempeñar el cargo persona que no sea asociada.
            Será función del Secretario la de llevar e! Libro de Actas, así como la expedición y firma con el Visto Bueno del Presidente de las certificaciones que resulten necesarias, y el asegurar que por la Asociación se respete la legalidad.
            En caso de ausencia, será sustituido por el Vicepresidente, si éste no actuara en funciones de Presidente, y a falta del mismo, por el que sea elegido por la Junta de Gobierno de entre sus miembros.
            TITULO VI
            RECURSOS ECONÓMICOS
            ART. 29. — Para el cumplimiento de sus fines la Asociación contará con las cuotas que, en la cuantía que establezca en cada momento la Asamblea General, se obligan a satisfacer todos los asociados en tiempo y forma que establezca la propia Asamblea.
            ART. 30. — Tendrán también la consideración de recursos económicos las donaciones allegadas a favor de la Asociación, las subvenciones de carácter oficial o particular, y los ingresos procedentes de la venta de bienes y valores, publicaciones, prestación de servicios, y cualesquiera otras que en su día determine la Junta de Gobierno.
            ART. 31. — La Asociación, bajo la tutela del Tesorero, llevará la contabilidad de la misma, indicándose debidamente todos los documentos justificantes y copias que se produzcan.
            Esta contabilidad será revisada cada año por los Censores Jurados de Cuentas que al efecto designe la Asamblea General.
            TÍTULO VIl
            DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
            ART. 32. — La Asociación podrá disolverse cuando lo acuerden las dos terceras partes del total de asociados con derecho de voto, que integran la Asociación.
            En el acuerdo de disolución se determinará el destino que haya que darse a los bienes, derechos, instalaciones y servicios de la Asociación que pudieran quedar después de atender las obligaciones pendientes.